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Todo lo que necesitas saber sobre el ERTE

  • Por Vicente Jose Santamaría Baeza
  • 02 abr, 2020

La situación excepcional del estado de Alerta por el coronavirus está generando un sinfín de dudas, sobre todo en el ámbito laboral. ¿Qué es un ERTE? ¿Qué duración puede tener? ¿Cuánto me corresponde cobrar? 

Todas estas dudas son las que suscita la situación en la que nos encontramos y nosotros te ayudamos a resolverlas:

Las siglas del ERTE hacen referencia a Expediente de Regulación Temporal de Empleo. Puede aplicarse en dos supuestos: por causas organizativas, técnicas, económicas o de producción o – como en el caso que nos ocupa – en situaciones de fuerza mayor. 

La duración de un ERTE por situaciones de fuerza mayor relacionados con el COVID-19 no podrán extenderse más allá del periodo en que se mantenga la situación extraordinaria derivada del coronavirus.

Respecto al sueldo ganar, no hay una cuantía genérica para todos los afectados, sino que la prestación se establece en función de la cotización media que haya tenido el trabajador en los 180 días inmediatamente anteriores al ERTE.

De este modo, la cuantía de la prestación equivale al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días de percibo de la prestación, y al 50% de la base reguladora a partir del día 181 hasta la extinción de la prestación.

Para que os podáis hacer una idea os facilitamos las cantidades máximas y mínimas que ha establecido el gobierno:  

·      Las personas que no tengan cargas familiares al menos cobrarán 501,8 euros al mes.

·      En el caso de tener hijos se eleva hasta los 671,4 euros.

·      El máximo establecido será de 1.098,09 euros para quienes no tengan descendencia, 1.254,96 para los que tengan un hijo y llegará hasta los 1.411,83 euros para los que tengan dos o más vástagos.



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