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Abogado experto nueva regulación ERTE Alicante Elche

  • Por Santamaría Baeza
  • 23 oct, 2020

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Real Decreto Ley 30/2020 en el que se regulan los acuerdos para defensa del empleo ha traído importantes cambios en la regulación de los ERTEs que hasta ahora estaban operando, abogado experto nueva regulación ERTE Alicante Elche .

1.- Prórroga de los ERTE
Tras el acuerdo alcanzado entre Sindicatos, Patronal y Empleo se prorrogan automáticamente los ERTEs de Fuerza Mayor hasta el 31 de enero de 2021 .

2.- Dos nuevos procedimientos sobre lo ERTE
Sobre la Prohibición de actividad.  Las empresas que se vean afectadas (a partir del 01 de octubre de 2020) por nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria adoptadas por autoridades españolas o extranjeras, se beneficiarán de las siguientes exoneraciones con respecto a las cotizaciones de los trabajadores suspendidos (y en proporción a su jornada):
El 100 % de la aportación empresarial devengada durante el periodo de cierre, y hasta el 31 de enero de 2021. Cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 personas trabajadoras a 29 de febrero de 2020.
Si en esa fecha la empresa hubiera tenido 50 a o más personas trabajadoras, la exención alcanzará el 90 % de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero de 2021.

Sobre la Limitación de la Actividad
Las empresas que vean limitado el desarrollo normalizado de su actividad, se beneficiarán (previa autorización) de un ERTE por Causa de Fuerza Mayor, de las siguientes exoneraciones:
Respecto de las personas trabajadoras de estas empresas que tengan sus actividades suspendidas, y de los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión.   La exención respecto de la aportación empresarial devengada en los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2020 y enero de 2021, alcanzará el 100 %, 90 %, 85 % y 80 %, respectivamente, cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 personas a 29 de febrero de 2020 .
En el caso de empresas con más de 50 trabajadores a 29 de febrero de 2020 la exención en los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2020 y enero de 2021, alcanzará el 90 %, 80 %, 75 % y 70 %, respectivamente.
Procedimientos de Suspensión y Reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la COVID-19 .De igual forma que ya estaba, podrá iniciarse mientras se encuentre en vigor un ERTE por fuerza mayor.   Los ya iniciados antes de este Decreto seguirán siendo aplicables en las mismas condiciones.
La exención respecto de la aportación empresarial devengada en los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2020 y enero de 2021, alcanzará el 100 %, 90 %, 85 % y 80 %, respectivamente, cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 personas a 29 de febrero de 2020 .No obstante, cabrá a prórroga de un expediente que finalice durante la vigencia del presente real decreto-ley.
La tramitación de estos ERTES son de igual procedimiento que el Decreto para esta situación d alerta sanitaria.

3.- Peculiaridades del RDL 30/2020
Salvaguarda de Empleo. Se mantiene la clausula de mantenimiento de empleo de 6 meses desde el reinicio de la actividad. Las empresas que se acojan a un nuevo ERTE, estarán comprometidas a un nuevo periodo de 6 meses.
Contratos Temporales:  Se sigue aplicando la regla de la interrupción de los contratos temporales, por lo que al trabajador temporal reincorporado se le tendrá que aplicar la nueva fecha de fin (añadir el periodo suspendido). No podrán realizarse horas extraordinarias, establecerse nuevas externalizaciones de la actividad, ni concertarse nuevas contrataciones. Sean directas o indirectas, abogado experto nueva regulación ERTE Alicante Elche .
Durante la aplicación de los ERTES, salvo que no puedan, por formación, capacitación u otras razones objetivas y justificadas, desarrollar las funciones encomendadas a aquellas.

4.- Empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad
También podrán acceder a las exoneraciones aquellas empresas, cuyo negocio dependa, indirectamente y en su mayoría, de las empresas a las que se refiere el apartado anterior. O que formen parte de la cadena de valor de estas, en los términos establecidos a continuación. Se entenderá que son integrantes de la cadena de valor o dependientes indirectamente de las empresas antes referidas.
Las empresas cuya facturación, durante el año 2019, se haya generado, al menos, en un cincuenta por ciento, en operaciones realizadas de forma directa con estas empresas.

La solicitud de declaración de empresa dependiente
Integrante de la cadena de valor deberá ser presentada entre los días 5 y 19 de octubre de 2020 y se tramitará y resolverá de acuerdo con el siguiente procedimiento: el procedimiento se iniciará mediante solicitud de la empresa ante la autoridad laboral que hubiese dictado la resolución. Expresa o tácita del expediente de regulación temporal de empleo prorrogado. La resolución de la autoridad laboral se dictará en el plazo de cinco días a contar desde la presentación de la solicitud. Si no hubiera se considera silencio administrativo positivo.
Quedarán exoneradas entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de enero de 2021. Abono de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta. En los porcentajes y condiciones que se indican en el siguiente apartado, las siguientes empresas:
1.- Empresas a las que se prorrogue automáticamente el ERTE vigente que tengan la consideración de pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad.
2.- Empresas que pase de un ERTE por fuerza mayor a un ETOP cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas –CNAE-09– previstos en el párrafo primero de este apartado.
3.- Empresas que, habiendo sido calificadas como dependientes o integrantes de la cadena de valor, transiten desde ERTE por causas de fuerza mayor ETOP.  










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