ABOGADOS EN ALICANTE Y PROVINCIA

ABOGADO EN ACCIDENTES DE CICLISTAS ALICANTE

  • Por Vicente Jose Santamaría Baeza
  • 28 oct, 2022

¿Cómo proceder si tengo un accidente yendo con la bicicleta en Alicante?

Si has sido atropellado o has tenido una caída mientras montabas en bicicleta, la culpa ha sido de un tercero (persona o administración pública) o tuya sólo en parte, y has sufrido lesiones físicas, psíquicas o económicas, puedes reclamar una indemnización cuando te encuentres en alguno de los siguientes casos:

Daños físicos o corporales producidos por accidente en bicicleta

Lo habitual después de haber sido atropellado es que se produzcan lesiones físicas o corporales de importante gravedad, que impiden desarrollar con normalidad la actividad diaria, ya que, al menor roce, ocurre la caída del ciclista provocándole lesiones seguras.

Las lesiones más frecuentes producidas por culpa de un atropello son:

  • fracturas.
  • daño estético (cicatrices, quemaduras, amputaciones,…)
  • luxaciones.
  • lesiones oculares.
  • lesiones o fracturas craneales.

Daños psíquicos

En un accidente de este tipo, es habitual que se provoquen daños psíquicos o morales a los lesionados o, en caso de fallecimiento del accidentado, a sus herederos o afectados.

Por tanto, si esto ocurriera, se puede reclamar la oportuna indemnización.

Fallecimiento

Lamentablemente, los casos de muerte por atropello de ciclistas, son una triste realidad que se produce más de lo deseado. y, aunque no hay nada que lo compense, para estas situaciones, la ley concede indemnizaciones para los herederos y para aquellas personas afectadas que dependen económicamente del fallecido.

El importe se calcula dependiendo de la edad del fallecido, la relación familiar que tiene con los afectados, el número de miembros de la unidad familiar, el tipo de convivencia que tenía con los perjudicados, …

Daños materiales

Cuando se produce un accidente no sólo son las personas las que se ven afectadas sino igualmente las cosas. por ello, la ley también entiende que se debe indemnizar económicamente al afectado por cuanto se haya visto perjudicado con él.

Por ello, además de la reparación de los daños provocados a la bicicleta, puedes solicitar la indemnización por:

  • los gastos por pérdida, rotura o deterioro de otros objetos que llevara el ciclista encima. como por ejemplo: gafas, teléfonos, cámaras, ropa,…
  • los gastos que se te produzcan como consecuencia del accidente: alquiler de otro vehículo o aquellos que se te puedan presentar por la necesidad de desplazarte mientras arreglan la bicicleta.
  • los importes dejados de percibir por culpa de las lesiones físicas o psicológicas causadas por el atropello o caída.

Si necesitas más información o asesoramiento, contacta con Despacho de abogados Santamaría Baeza y te ayudaremos encantados.

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