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Reclama daños producidos por accidente de tráfico abogados Alicante

  • Por Vicente Jose Santamaría Baeza
  • 07 dic, 2022

Conducir es una actividad de riesgo. Conlleva un peligro intrínseco de que se produzcan daños como consecuencia de un hecho de la circulación. Esos daños pueden ser materiales o personales y dentro de los personales uno de los más frecuentes es la cervicalgia postraumática.

El elevado grado de siniestralidad en materia de circulación vial ha obligado a imponer como obligatoria la suscripción de un seguro de responsabilidad civil por los daños ocasionados a terceros que se puedan producir por un accidente de tráfico. Naturalmente este seguro mínimo obligatorio cubre la cervicalgia postraumática que se pueda producir por un alcance.

Si preguntamos qué tipo de accidente de tráfico es el más común, la respuesta será casi unánime: la colisión por alcance. Esta tipología de accidente se caracteriza por una colisión entre dos vehículos en el que uno alcanza a otro por la parte de atrás. El vehículo delantero recibe la parte más dura del impacto y ello suele originar lesiones de diversa consideración pero la más frecuente es la cervicalgia postraumática.


¿QUÉ ES LA CERVICALGIA POSTRAUMÁTICA?

Desgraciadamente, muchas personas la sufren y la mayor parte de las ocasiones la causa tiene su origen en un siniestro de tráfico.

Esta lesión consiste en una tensión y dolor intensos en los músculos y tendones de la zona de la parte posterior del cuello que normalmente se extiende a los hombros y parte superior de la columna generando dolor. También puede reflejarse produciendo dolores de cabeza, mareos, vértigos y vómitos. Es una lesión bastante molesta, en algunos casos impeditiva y que a veces deja una secuela permanente.


¿CÓMO SE PRODUCE LA CERVICALGIA POSTRAUMÁTICA?

La causa más frecuente en un accidente de circulación es la colisión por alcance. La cuestión es, ¿Qué ocurre en nuestro cuerpo humano cuando se produce la colisión y estamos dentro del vehículo alcanzado? Veamos el proceso:

  • Partimos de un impacto desde atrás en una posición corporal en la que el cuerpo está sentado.
  • Ese impacto produce un movimiento en nuestro cuello similar al de un latigazo (de hecho se le llama latigazo cervical) en el que se produce un balanceo brusco del cuello:
    • primero hacia atrás (contra el reposacabezas),
    • luego hacia adelante
    • Y finalmente se vuelve a la posición inicial.

Este movimiento producido en milésimas de segundo y a gran velocidad y potencia asegura la lesión en un elevado porcentaje de los casos. Evidentemente el que se manifieste con mayor o menor agudeza dependerá de la potencia, fuerza del alcance y la posición de nuestro cuello y espalda en el momento de la colisión.

Curiosamente no son pocos los casos en los que la cervicalgia no se manifiesta inmediatamente después del impacto, sino que puede tardar horas o incluso más de un día. Por ello si somos víctimas de un accidente de este tipo lo recomendable es que nos asistan los servicios sanitarios y que nos pongan collarín para inmovilizar la zona afectada. Es recomendable que quede constancia del accidente en un atestado de la policía, y totalmente necesario acudir a los servicios de urgencias para dejar constancia de la posible lesión en un parte médico.

A modo de resumen, la cervicalgia postraumática se produce como consecuencia de un latigazo cervical que produce un esguince o tensión cervical.


TRATAMIENTO DE LA CERVICALGIA POSTRAUMÁTICA

Lo primero será inmovilizar la zona afectada mediante el oportuno collarín y hacer reposo procurando no forzar la zona afectada. Los médicos de traumatología evaluarán el alcance de la lesión y darán un tratamiento de antiinflamatorios y analgésicos para el tratamiento del dolor.

También será necesaria la derivación al servicio de rehabilitación cuando el traumatólogo así lo establezca.

En la actualidad ha cobrado mucho protagonismo los programas de fisioterapia en detrimento de tratamientos farmacológicos. Sin embargo, la combinación de ambos tratamientos suele ser el mejor camino para la recuperación.


Posibles secuelas

La cervicalgia postraumática dejará secuelas temporales o permanentes dependiendo de la intensidad de la lesión. No es infrecuente que una lesión cervical producida por alcance deje una secuela permanente como debilidad y sensibilidad en la zona afectada o que la secuela impida realizar una flexión o giro completo del cuello, sus tendones, músculos o de la propia espalda.


INDEMNIZACIONES

Las indemnizaciones por daños personales (incluso cervicalgia postraumática) se calculan según unos baremos legalmente publicados que tienen su origen en dos normas:

  • Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM).
  • La Ley 35/2015, que reforma el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados por accidentes de tráfico, y los parámetros de actualización previstos para cada año.

Dichos baremos son actualizados periódicamente mediante resoluciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). La última actualización vigente se publicó según resolución de 2 de febrero de 2021 que recoge la subida aprobada en los Presupuestos Generales del Estado del 0,9 %.


Cálculo de la indemnización

Lo difícil a la hora de calcular pedir y obtener la indemnización por latigazo cervical justa es diagnosticar correctamente la cervicalgia postraumática y su alcance. Es una lesión que no es fácil calibrar y ello suele dar mucho juego a la hora de discutir la cuantía de la indemnización. Necesitaremos un abogado hábil y despierto e informes médicos y periciales que acrediten la existencia de la lesión.

Es importante que obtengamos asistencia sanitaria inmediatamente después del accidente y reportemos a los servicios médicos de urgencias cualquier molestia o variación que se vaya produciendo además de acudir a las terapias de rehabilitación que nos prescriba el facultativo. El propio funcionamiento de la cervicalgia hace que los síntomas y dolores aumenten progresivamente desde el accidente.

Legalmente este tipo de lesiones se suelen calificar como traumatismos menores de columna vertebral y a efectos del baremo actualizado se indemniza a razón de 54,78 euros diarios como perjuicio moderado. Pero hay que tener en cuenta que esa indemnización diaria puede variar puesto que a lo largo del proceso de la lesión los síntomas, evolución y grado de mejora o agudización puede variar.

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